Recibir apoyo para la atención voluntaria
Descripción del servicio
En ocasiones, los adultos no pueden gestionar sus asuntos por sí mismos, ya sea total o parcialmente, debido a una enfermedad o una discapacidad. El tribunal de tutela puede nombrarle tutor o tutora legal en determinadas circunstancias.
De este modo, prestará apoyo de forma voluntaria a la persona a la que atiende, por ejemplo, en:
- Trámites administrativos
- Asuntos sanitarios
- Asuntos patrimoniales
- Asuntos relacionados con la vivienda y la residencia
Ayudará a la persona afectada a gestionar sus asuntos de la forma más autónoma posible. Solo hará uso de su poder de representación, de acuerdo con la persona a la que atiende, cuando sea absolutamente necesario.
En el desempeño de sus funciones, recibirá asesoramiento y apoyo por parte del tribunal tutelar, la autoridad tutelar competente o una asociación tutelar reconocida.
No se encargan de los cuidados diarios.
Si no tiene ningún vínculo familiar o personal con la persona bajo tutela, deberá solicitar asesoramiento y apoyo a una asociación de tutela reconocida o a la autoridad competente. Para ello, deberá firmar un acuerdo que incluya, como mínimo:
- la participación obligatoria en una sesión introductoria sobre la asistencia
- la participación obligatoria en cursos de formación continua periódicos
- el nombramiento de una persona de contacto fija en la asociación de apoyo
- la disposición de la asociación de representación a representarle en caso de que tenga algún impedimento, esté enfermo o de vacaciones
Si tiene algún vínculo familiar o personal con la persona a la que se presta la asistencia, la firma de dicho acuerdo es voluntaria.
Periódicamente, deberá informar al tribunal tutelar sobre las actividades realizadas en favor de la persona bajo tutela y sobre su situación personal.
¿A quién debo dirigirme?
Asociaciones de tutela o autoridad local de tutela
¿Qué tasas se cobran?
No hay costes.
¿Qué plazos debo respetar?
No hay fecha límite.
Base jurídica
¿Qué más debo saber?
Si asume una labor de asistencia voluntaria, no recibirá ninguna remuneración por ello. No obstante, tiene derecho a una indemnización a tanto alzado por gastos o al reembolso de los gastos concretos en que haya incurrido.