Collage de varias caras. Los rostros representan distintas profesiones.
Esta página ha sido traducida automáticamente. Por lo tanto, pueden producirse discrepancias e imprecisiones en el texto. Solo es vinculante la versión original. Quedan excluidos los derechos legales derivados del contenido de la versión traducida.

Ley de oportunidades de participación de los empresarios

Ley de oportunidades de participación

Dos instrumentos para el fomento del empleo de los desempleados de larga duración:
§ 16e SGB II y § 16i SGB II

La décima ley de modificación del SGB II (Código Social alemán, libro II) —Ley de oportunidades de participación— entró en vigor el 1 de enero de 2019. Ambos instrumentos, el artículo 16e del SGB II y el artículo 16i del SGB II, prevén la posibilidad de ofrecer un apoyo integral a los desempleados de larga duración durante su incorporación al mercado laboral, que puede llevar a cabo la propia oficina de empleo o un tercero. Con el fin de crear oportunidades de empleo
adicionales en el mercado laboral, la ley permite conceder ayudas económicas a los empleadores que contraten a desempleados de larga duración. Durante un período de hasta cinco años, se pueden conceder subvenciones salariales de hasta el 100 %. La base de referencia para la subvención es el salario mínimo más una parte fija de la cotización total a la seguridad social a cargo del empleador, menos la cotización para la promoción del empleo (cotización al seguro de desempleo). Si el empleador está obligado a pagar un salario más alto por o en virtud de un convenio colectivo, la subvención se calcula sobre la base del salario que debe pagarse.
En relación con la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2019, también promulgada, que incluye la transferencia pasiva-activa, se derivan posibilidades de actuación adicionales para las oficinas de empleo, especialmente para los desempleados de larga duración.

Folleto informativo "Ley de oportunidades de participación" para empresarios

Integración de los

desempleados de larga duración
- § 16e SGB II -

Participación en el mercado

laboral - § 16i SGB II -      

Grupo de personas elegibles

  • Beneficiario empleable
  • Desempleado durante al menos dos años según el art. 18 SGB III
  • No se integra con éxito a pesar del apoyo a la colocación durante el desempleo

 

  • Beneficiario empleable
  • 25 años de edad
  • Al menos seis años percibiendo prestaciones SGB II en los últimos siete años
  • Ningún empleo o empleo por cuenta propia o sólo a corto plazo
  • Por regla general, se proporciona apoyo holístico durante al menos dos meses antes de la financiación.

  • Para BG con hijo y personas con discapacidad grave durante los últimos cinco años de percepción ininterrumpida de prestaciones
  • No hay financiación durante un proceso de rehabilitación en curso para la participación en la vida laboral
  • No hay financiación durante un proceso de rehabilitación en curso para la participación en la vida laboral

Apoyo integral al empleo

  • Objetivo: Asegurar las relaciones laborales; aumentar la empleabilidad y el rendimiento; revisar el progreso de la integración; apoyar las transiciones hacia el empleo no subvencionado/la formación continua.
  • Apoyo durante todo el periodo de financiación con asunción íntegra de los costes
  • Durante los seis primeros meses, los trabajadores deben estar exentos del trabajo en la medida adecuada.
  • Durante los primeros doce meses, los trabajadores deben estar exentos del trabajo en la medida adecuada.
  • Consideración del entorno personal y de la comunidad necesitada en el proceso de asesoramiento
  • Contenidos: Fomento de las competencias clave, desarrollo de la estructura diaria, gestión de conflictos, mediación del entorno de la empresa y las exigencias sociales en la vida laboral cotidiana, asistencia diaria, ayuda en la utilización de servicios de apoyo de terceros, gestión de la transición.
  • Vínculo entre el participante y el empresario
  • Sin orientación profesional
  • La ayuda es prestada de forma independiente por la oficina de empleo o por terceros
  • No se requiere autorización para operar ni aprobación de medidas
  • Implicación del participante en la selección del entrenador en el caso de una cesión a un tercero, pero el apoyo a todos los participantes de una empresa suele proporcionarlo una única fuente.
  • El apoyo también puede prestarse en los locales de la empresa o en el lugar de trabajo

Piedra angular para los empresarios

  • Subsidio salarial* del 75% el primer año y del 50% el segundo, que no requiere ningún problema específico por parte de los beneficiarios de las prestaciones SGB II.
  • Periodo de financiación dos años
  • Seis meses de formación obligatoria desde el inicio de la relación laboral (prorrogables en caso necesario)
  • Todos los empresarios están autorizados
  • Subsidio salarial* con degresión durante un máximo de cinco años: 100% en el primer y segundo año, 90% en el tercero, 80% en el cuarto y 70% en el quinto.
  • Periodo de financiación de hasta cinco años, sin obligación de volver a contratar, el contrato de trabajo puede limitarse a cinco años.
  • Doce meses de formación obligatoria desde el inicio de la relación laboral (prorrogables en caso necesario).
  • La formación continua y las prácticas en empresas se apoyan con permisos retribuidos y subvenciones.
  • Todos los empresarios están autorizados

* Subsidio por importe del salario mínimo, salvo que el empresario esté vinculado u orientado por convenios colectivos, en cuyo caso se tendrá en cuenta la retribución efectivamente abonada.

Cómo localizarnos:

Aquí encontrará los datos de contacto del servicio para empleadores.

Ayuda a la accesibilidad

  • General

    Nos esforzamos por diseñar nuestras páginas web de forma que sean accesibles sin barreras. Encontrará más detalles al respecto en nuestra declaración sobre accesibilidad. Puede enviarnos sus sugerencias de mejora a jc-redaktion@jc.kreis-slk.de.

  • Tamaño de letra

    Para ajustar el tamaño de la letra, utilice las siguientes combinaciones de teclas:

    Más grande

    comando
    +

    Más pequeño

    comando

    Más grande

    Ctrl
    +

    Más pequeño

    Ctrl
  • Navegación con el teclado

    Utilice las teclas TAB y SHIFT + TAB para navegar por los enlaces, elementos de formulario y botones siguientes/anteriores.

    Utilice la tecla ENTER para abrir enlaces e interactuar con elementos.

  • Modo de contraste

    Pulse la siguiente combinación de teclas para reducir o aumentar el contraste:

    Ampliar

    control
    opción
    comando
    .

    Disminuir

    control
    opción
    comando
    ,
    Nota: Los accesos directos deben estar activados en la configuración del sistema operativo.

    Pulse la tecla ALT izquierda + la tecla MAYÚS izquierda + IMPR para activar o desactivar rápidamente el modo de alto contraste.

  • Invertir colores

    Pulse la siguiente combinación de teclas para activar o desactivar la inversión del color:

    control
    opción
    comando
    8
    Nota: Los accesos directos deben estar activados en la configuración del sistema operativo.

    En primer lugar, activa la lupa de pantalla y, a continuación, activa y desactiva la inversión del color con las siguientes combinaciones de teclas:

    1. lupa de pantalla

    +

    2. invertir los colores

    Ctrl
    Antiguo
    I
  • Lupa de pantalla

    Pulse las siguientes combinaciones de teclas para utilizar la lupa de pantalla:

    Encender/apagar

    opción
    comando
    8

    Ampliar la vista

    opción
    comando
    =

    Alejar la vista

    opción
    comando
    Nota: Los accesos directos deben estar activados en la configuración del sistema operativo.

    Encender / Ampliar vista

    +

    Alejar la vista